El fiscal Miralles ordenó el archivo de la denuncia contra Lacase por “pedir dinero a cambio de limpiar el nombre de Rohrer”
El fiscal Daniel Miralles ordenó el archivo de la denuncia contra el abogado riocuartense Daniel Lacase por “pedir dinero a cambio de limpiar el nombre de (Miguel) Rohrer”. La acusación había surgido por el testimonio de Ricardo Araujo, durante una de las audiencias del juicio a Marcelo Macarrón, por el crimen de Nora Dalmasso.
Araujo señaló que “…después de su declaración del 16 de enero de 2007, y en pleno auge mediático del Miguel Rohrer, cinco, seis, siete y ocho meses después”, Lacase lo llamo por teléfono y le manifestó: “decile a Michel (Rohrer) que si pone tanta plata, lo corro de todo, me ocupo de correrlo de la situación”.
El denunciante, quien trabajaba para “el francés”, recordó que intentó comunicarse con Rohrer, pero finalmente lo hizo con su esposa Valeria. La mujer le respondió quela petición extorsiva “era una locura” y allí “se terminó la relación entre Rohrer y Lacase”.
Según surge de la resolución a la que accedió Póster Central, para Miralles, “de debe procederse al archivo la presente causa porque no resulta fácil encuadrar el “pedido” de dinero de Lacase dirigido a Rohrer por interpósitas personas -en este caso Araujo y Nievas- en figura penal alguna”.
Es decir, el fiscal fundamentó que no se trató de un acto extorsivo porque “el posible damnificado del pedido, en ningún momento se conmocionó o accedió al requerimiento, ni aún remotamente evaluó la posibilidad de entregar dinero al letrado”
El funcionario judicial consideró que “la extorsión es un delito de ofensa compleja, que lesiona la libertad de determinación de las personas y la propiedad, en el que se requiere el empleo de medio compulsivo –intimidación, simulación de autoridad, falsa orden de la misma- para obligar a la víctima a satisfacer una exigencia ilegitima que implica un daño patrimonial”.
“Como podrá apreciarse, ninguno de los presupuestos del delito en análisis se configura, es decir, los medios comisivos intimidación, simulación de autoridad o falsa orden de ella no están presentes en el “pedido”o sugerencia””, sostuvo Miralles.
Además, el fiscal dijo que “la pena para el delito de Extorsión, según el artículo 168 del Código Penal, oscila entre un mínimo de 5 años y un máximo de 10 años de prisión”. En su resolución determinó que, “aún existiendo delito, la acción penal estaría prescripta”.
“No hubo, conforme a los antecedentes remitidos por la Cámara Primera del Crimen, una interrupción del curso de la acción por ninguna causal. No fue imputado el letrado Lacase por delito alguno, que motivara su citación formal a indagatoria o elevación a juicio o auto de apertura de debate que interrumpiera el curso de la prescripción”, argumentó.
Redacción Póster Central
Foto: Archivo
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