Los argumentos del juez para ordenar la libertad de Flores Macías: “tiene arraigo, contención familiar y un horizonte laboral”

El juez de primera Instancia Diego Ortíz ordenó la libertad de Ana Lucía Flores Macías, la mujer acusada de atropellar y provocar la muerte de Gustavo Picotto, tras considerar que, “es una persona que denota arraigo, contención familiar y un horizonte laboral  que indican la ausencia de riesgo concreto de sustraerse del accionar de la justicia o entorpecer lo que resta de la investigación”
Para el magistrado, “la joven de 31 años lleva gran parte de su vida residiendo en Río Cuarto, donde además, posee su núcleo familiar y vínculos afectivos más cercanos (padre e hijos)”.
La resolución provocó la indignación de los familiares de Picotto y su abogado, el doctor César Avendaño, anticipó a Póster Central que apelará la decisión del juez Ortíz.
Según surge de la investigación del fiscal Daniel Miralles, el pasado 28 de agosto, Flores Macías se retiró de una fiesta en calle Maipú, poco después de las 9, y “comenzó a conducir su automóvil Toyota a excesiva velocidad por las calles de esta ciudad, en presumible estado de ebriedad”.
“Trasponía las esquinas del ejido urbano sin desplegar conductas tendientes a evitar resultados lesivos, representándose que podía colisionar con otros vehículos y/o provocar lesiones o eventualmente la muerte de personas que transitaran por las arterias por las que circulaba”, opinó Miralles.
En la esquina de  Hipólito Yrigoyen y Kowalk el automóvil colisionó una moto 110cc, al mando de Picotto. Tras el impacto, Flores Macías huyó del lugar y estacionó el vehículo cerca de su casa.
Los análisis químicos realizados a la imputada 8 horas después del hecho, cuando finalmente fue detenida, determinaron “la presencia de alcohol en sangre (0,23g/l) y de marihuana”. Para Miralles, “su ebriedad ha sido mucho mayor que la que refleja este valor y consideró que la acusada “aceptó el riesgo de conducir en esas condiciones representándose el resultado (“si pasa, pasa”), con menosprecio de la vida y la propiedad ajenas, lo que surge de su conducción altamente riesgosa, a velocidad no recomendable para ejidos urbanos, cruzando varias encrucijadas con semáforo en rojo pese al tráfico fluido por el horario, sin licencia de conducir, ni seguro contra siniestros”.
La defensa rechazó la evaluación del fiscal, al considerar que “no hay datos objetivos” sobre la cantidad de alcohol en sangre que habría tenido Flores Macías la momento de la colisión. “Hay un estado de duda insuperable y deberá operar entonces el principio in dubio pro reo” a favor de Flores Macías.
El juez de Control  coincidió “con los defensores en cuanto a que no se encuentra determinada la cantidad exacta de alcohol en sangre que habría tenido la imputada a las 9.18, cuando se produjo la colisión”.
Además, señaló que “se puede observar, en los domos que el automóvil traspasa a otros vehículos a una velocidad no mucho mayor a la que transitaban aquellos”
El magistrado decidió reducir la imputación de homicidio simple a culposo agravado, con una pena sustancialmente menor de 3 a 6 años. Esta nueva calificación facilitaría el cese de la prisión preventiva. Para el juez, no existe riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación.