Ferrer: “En los juicios abreviados, las víctimas no tienen posibilidad de ser escuchadas ni de modificar la pena al acusado”

“En los juicios abreviados, las víctimas no tienen posibilidad de ser escuchadas ni de modificar la pena al acusado”, expresó el ex decano de la facultad de Derecho y ex fiscal en lo Criminal, el doctor Carlos Ferrer.
En diálogo con Telediario Primera Edición, resaltó que “el sistema judicial en lo penal tiene como método de juzgamiento el juicio oral y público, donde el Tribunal dictan sus sentencias en base a las pruebas”
“Los juicios abreviados buscan darle celeridad a la definición de los procesos en la base de un acuerdo entre el fiscal con la defensa de los acusados. La expectativa es que haya juicios abiertos donde l apostura de ambas partes es confrontativa. Cuando no hay nada que discutir la admisión de culpabilidad del acusado disipa todas las controversias”, explicó.
Ferrer admitió que “la praxis ha determinado que hay que pulir porque no brinda las respuestas a todos, como por ejemplo, las víctimas constituidas o no como querellantes”
“Las víctimas han quedado al margen del acuerdo entre el fiscal y la defensa. No puede aspirar más que aspirar a una condena, no puede incidir al quantum de la pena. Se supone que una condena deja satisfecha a la víctima y no es así. Se ve frustrada en muchos casos la expectativa de la víctima”, expresó.
El especialista, de reconocida trayectoria judicial, destacó que “no hay criterios de políticas criminal que orienten los acuerdos y generan parámetros de razonabilidad para decir hasta donde debe llegar el acuerdo entre el fiscal y la defensa”
“En el juicio abreviado no hay testimonios ni pruebas orales. No se puede interrogar a los testigos ni da lugar a nuevos pedidos de investigación. Los Tribunales están obligados al acuerdo de los partes y la pena es algo en lo que no pueden interferir”, precisó.
Ferrer consideró que “se debe analizar la ley para que las víctimas puedan ser escuchadas, está pendiente esa modificación” y añadió que “no solo no está prevista la participación en el acuerdo, sino que casi no tienen posibilidad de recurrir el monto de la pena ante una instancia superior”.