No podrán trabajar en taxis y remises quienes se encuentren en el registro de deudores de cuotas alimentarias

El Concejo Deliberante avanza en una ordenanza que prohibirá trabajar en taxis y remises a quienes se encuentren en el registro de deudores de cuotas alimentarias. La normativa será aprobada el próximo jueves en el parlamento local.

Qué dice la normativa

“Las personas humanas, como los representantes legales de las personas
jurídicas deberán acreditar antecedentes de buena conducta con certificado expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba y por el Registro Nacional de Reincidencia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, no pudiendo tener causas ni condenas penales pendientes. En cuanto al primero de los informes, queda facultado el Órgano Competente para otorgar un plazo de sesenta (60) días para
autorizar la recepción en el expediente del certificado de Buena Conducta expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba, siempre que se hubiere presentado la constancia de iniciación del trámite correspondiente por ante la Seccional de la Policía de la Provincia de Córdoba correspondiente a su domicilio. Asimismo, en el plazo fijado, personas humanas como representantes legales de personas jurídicas, deberán acompañar certificado negativo ante el “Registro Provincial de Personas Condenadas
por Delitos Contra la Integridad Sexual”, (Ley Provincial Ley Nº 9680) , el “Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, (Ley Provincial Nº 8892, modificado por Ley Nº 9998) y ante el Registro Municipal de Deudores Alimentarios Morosos, (Ordenanza Nº 978/10).