
“La catástrofe por los incendios no es el resultado del cima sino de una política de depredación”
El bloque del Frente de Izquierda, frente al desastre ambiental que atraviesa la provincia, ingresó en la legislatura un proyecto de Ley que establece la prohibición de cambio de uso de suelo en zonas incendiadas.
La legisladora Soledad Díaz afirmó que “se quemaron 50.000 hectáreas de bosque nativo” y resaltó el impacto en “Unquillo, reserva Los Manantiales de Río Ceballos, La Cumbre-Villa Giardino y San Antonio de Arredondo-Carlos Paz”.
“También se registró fuego sobre Traslasierra. Denunciamos una vez más que la catástrofe no es el resultado del clima o de un par de inconscientes como sostiene Schiaretti sino de años de una política de depredación del bosque nativo en favor de los negocios agrícola-ganaderos y la especulación inmobiliaria”, expresó.
Y añadió: “Pero eso no es todo, como demuestran vecinos de las zonas y extraoficialmente los propios bomberos, gran parte de los focos son intencionalidad. El modus operandi se vio en el pasado ,por ejemplo, en la zona de Falda del Carmen o Falda del Cañete en donde hubo bosque hoy existen countrys de montaña. Otro claro ejemplo es el de la autovía de Punilla: apenas pudieron ser controlados los incendios en la localidad, el gobierno provincial anunció que la nueva autovía de dicha localidad pasaría por los lugares afectados”
“Nuestro proyecto busca ponerle un punto final a estas maniobras. Los legisladores oficialistas y opositores que chicanearon por falaces las denuncias de ambientalistas diciendo que nada se podían hacer en los suelos quemados, deben firmar esta iniciativa”, indicó.
El proyecto en su artículo uno sostiene: “Declárese zonas de protección y remediación ambiental a todo territorio alcanzado por las quemas e incendios durante los últimos 5 años. Prohíbase modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio, de acuerdo a las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial de los bosques nativos”
Articulado
Artículo 1.- Declárese zonas de protección y remediación ambiental a todo territorio alcanzado por las quemas e incendios durante los últimos 5 años. Prohíbase modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio, de acuerdo a las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial de los bosques nativos. Artículo 2.- Prohíbase todo tipo de loteo para emprendimiento inmobiliario, desarrollismo urbano, actividad agro ganadera y/o minera y toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal por el término de 20 años en los territorios determinados en el artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 3.- Ordénese un inventario de todas las zonas afectadas por los incendios y la puesta en marcha de un plan integral de remediación del ecosistema.
Artículo 4.- Se reconoce poder de veto y de control y seguimiento del cumplimiento de la presente ley, a las Asambleas Populares Ambientales, que serán constituidas en forma directa por los trabajadores, las comunidades originarias y los pueblos de cada zona, con pleno mandato de que se garantice el cumplimiento de esta ley.
Artículo 5.-Comuníquese al Poder Ejecutivo de la provincia.
También te puede interesar

El fiscal elevó a juicio la causa contra el docente de la Universidad acusado de abusar de alumnas y compañeras
12 junio, 2024
Una por una, cuáles son las nuevas disposiciones que regirán en Córdoba desde el sábado
17 junio, 2021