La Justicia rechazó el amparo presentado por Abrile contra el municipio por el transporte de colectivos
“No surge que los amparistas individualmente- hayan acreditado la existencia de un acto u omisión que en forma actual o inminente lesione, restrinja o amenace con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta sus derechos, de modo concreto corresponde rechazar in limine la presente acción”, señalaron la jueza Sandra Tibaldi y el juez Jorge Aita Tagle tras el amparo presentado por el candidato a intendente Gabriel Abrile contra el municipio por el servicio de transporte de colectivos.
Stella Maris Domínguez, Cynthia Libardi, Bruno Libardi, Norma Beatriz Cardozo, Daiana Sabrina Gomez, Anabella Caressano y Francisco Gabriel Abrile habían iniciado una acción de amparo colectivo en contra de la Municipalidad de Río Cuarto “con el objeto de que se la condene a garantizar la prestación del servicio público de transporte en el ejido municipal”. En el planteo “invocaron la legitimación para accionar judicialmente en defensa de derechos individuales homogéneos de los usuarios de transporte público de esta ciudad”
Para los magistrados, “no puede soslayarse las consecuencias de la pandemia generada con motivo de la aparición del Covid-19, la cual ha disparado una crisis sanitaria mundial sin precedentes, en cuyo marco, todos los órdenes de la vida institucional, social, jurídica, económica, educativa y cultural del país, se han visto severamente alterados”
Añdieron que quedaron “obligados a reinventarse para superar y sobrevivir una potencial parálisis general, de efectos cuya proyección se anticipan como gravísimos”. “Es por ello que en cada ámbito, superado el impacto inicial de tan delicada situación, se deben reformular procedimientos y formas de retomar funciones y actividades, con la gradualidad, la prudencia y las concertaciones imprescindibles para evitar o, al menos, neutralizar todo lo posible, los efectos sanitarios de la propagación del virus”, subrayaron.
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