“La ley es clara sobre los intereses abusivos, nos preocupa mucho la situación de endeudamiento de las familias”

“La ley es clara sobre los intereses abusivos, nos preocupa mucho la situación de endeudamiento de las familias”, afirmó Mateo Imberti, titular de la Sala de Derecho Civil del Colegio de Abogados de Río Cuarto.
En diálogo con Póster Central, Imberti sostuvo que desde el Colegio “vemos con mucha preocupación esta situación”.
Esta semana, el concejal Franco Miranda precisó a Así son las cosas en la radio que, según estadísticas del BCRA, el Departamento de Río Cuarto tiene actualmente 131.351 personas endeudadas y más de 30.000 con más de 90 días de mora.
Imberti destacó que “en la Defensoría del Pueblo se ha cuadruplicado la cantidad de vecinos que se acercan a reclamar porque no pueden pagar sus deudas que alcanzan, en su totalidad, los 780 millones de pesos”.
“Siempre alentamos a los ciudadanos a que consulten con el abogado de confianza porque hay mucho por hacer frente a lo que pueden ser intereses usurarios y tasas altísimas”, destacó.
Y agregó: “El primer análisis que debe hacer la familia es diferenciar de donde viene el préstamo. Si es un crédito casero de un vecino, tiene obligaciones de pago pero no conforma una relación de consumo. Pero, si lo contrajo con alguna empresa “seria” que tiene como hábito profesional el préstamo de dinero a los diferentes ciudadanos, inscripta en la Comisión Nacional de Valores, tenemos una relaciones jurídica diferente”.
“La ley establece que la tasa de interés no puede exceder sin justificación el costo medio del dinero. Esto implica tener en cuenta a las tasas del Banco Central, pasivas o activas, o de plazo fijo. Nos permite tener un parámetro y determinar si estamos ante tasas usurarias”, precisó.
Imberti sostuvo que “hay que analizar caso por caso, porque el análisis no es generalizable y evaluar, por ejemplo, si el acuerdo es en moneda extranjera o no”.
“Claramente también hay un tema a analizar con los descuentos compulsivos en bancos y billeteras fiscales. El cliente o ahorrista es el actor desprotegido y débil frente a la entidad. El Código Civil y la Ley de Defensa del Consumidor establece la información que debe tener el consumidor sobre la tasa que debe pagar, pero previo a establecer el acuerdo”, remarcó.
El letrado advirtió que “la ley no define un tope de descuentos en salarios, pero hay topes jurisprudenciales, es decir, fallos que sirven como antecedentes”.