“No era tan difícil”

Por Pablo Callejón

El juicio no pudo determinar que lo sabían y prefirieron hacer la vista gorda. Aún peor, que pudieran estar al tanto pero fueron cómplices de su accionar. Las manifestaciones de Ignacio Martín sobre la presunta connivencia de sus superiores con sus maniobras delictivas, no fueron probadas. Al menos, por ahora. Sin embargo, el juez Nicolás Rins, presidente del Tribunal de la Cámara Segunda del Crimen, admitió que “no eran necesarios controles demasiado estrictos” para detectar que “Martín no era médico. Ni siquiera la virtualidad puede ser una excusa. Para chequear la información solo era necesario ingresar a una página web. Rins recordó que la doctora Schiavi, quien se desempeñaba bajo las órdenes de Martín, comenzó a sospechar junto a su colega, Diego Ordóñez, sobre la idoneidad de ese jovencito con cara de niño y un absoluto desconocimiento de aspectos sanitarios claves. “En tono jocoso, dudaron que el imputado sea médico, y siempre, “en un contexto de risa”, entraron al padrón del sitio del Consejo de Médicos de Córdoba, que ese de público acceso”, precisó el magistrado. Rins destacó que “al ingresar la matrícula del mismo (42678/9), el sistema informó el nombre de una mujer, Yasmine Alyssa Goncálvez”. Para constatar que no se tratara de un error, los especialistas compulsaron sus propias matrículas y la información que brindaba el sistema era la correcta. Tras constatar el engaño dieron aviso a la doctora Laura Cortes, coordinadora de guardias del S24, quien notificó al secretario de Salud Marcelo Ferrario.
“No se ha aportado prueba alguna, ni tampoco han surgido motivos serios que puedan hacer sospechar de un conocimiento por parte de algún funcionario de que Martín era un falso galeno”, admitió el juez. Rins negó que existan elementos para determinar complicidades aunque advirtió que “resultaba esperable, como mínima exigencia de diligencia, que se le hubiera requerido el analítico universitario”. Para la Justicia, nadie controló nada.
Martín esperaba que el juicio fuera el final de su paso por la prisión. Había comenzado a estudiar derecho en los pabellones penitenciarios y se mostró seguro ante el Tribunal cada vez que debió tomar la palabra. Las víctimas veían en el acusado de cara aniñada las mismas convicciones que montaron la trampa cuando vestía de guardapolvo blanco. El acusado nunca negó haber actuado “como galeno, aunque no lo era” y buscó involucrar a funcionarios locales y provinciales en ese ardid. No pudo convencer a los jueces y al jurado popular sobre ese último objetivo, pero dejó abierta una sospecha que podría derivar en una nueva investigación. Martín había montado un emprendimiento al que denominó “Atención Médica S.R.L.” y publicitaba desde Instagram atención a domicilio. Con ese mismo nombre de fantasía le facturaba a la Municipalidad de Río Cuarto. También se encontraba abierta en AFIP su inscripción como “Servicio médico integrado de consulta, diagnóstico y tratamiento”. El proceso judicial pudo determinar que el acusado también le mintió a quien fuera su pareja cuando le dijo que estaba cursando quinto año de medicina, hacía guardias y era técnico superior en emergencias.
El juez Rins admitió que “no fue objeto de esta investigación ni tampoco surgió claro en el juicio a qué órbita gubernamental pertenecía tal estructura (COT), cuáles eras sus funciones específicas ni quién nombró a Martín como su jefe”. De todos modos, el magistrado buscó profundizar en ese punto clave durante su fundamentación. El titular del COE Diego Almada Bonfigli había sostenido que la estructura que lideraba Martín  no era médico asistencial, un punto que fue refutado por el municipio. El subsecretario de Salud, Isaac Pérez Villarreal resaltó que el COT “debía determinar si era necesaria la hospitalización de la persona y gestionar la cama con las instituciones, describir la urgencia del caso y resolver la presencia de un médico que reciba al paciente. Para Rins, “los protocolos acompañados por la municipalidad describen que la función de Jefe del COT que llegó a cumplir Martín tenía dos aspectos: la decisión de derivación de pacientes, claramente médico-asistencial, y otro de gestión, más sanitaria-administrativa, referido a la obtención de cama”.  Aunque insistió en aclarar que  “no fue objeto de este juicio”, el Tribunal advirtió que “la prueba rendida para el nombramiento de Martín al frente del COT resultó confusa e insuficiente”.
En sus fundamentos del fallo que condenó a Ignacio Nicolás Martín a siete años de prisión, el juez Rins admitió que “algunos hechos se han considerado acreditados en su totalidad, otros parcialmente, mientras que otro no se analizó por no haber formulado acusación el Fiscal”. El caso que generó la mayor controversia y significaba la más severa acusación contra el falso médico fue la muerte de Nicolás Bertol, el 13 de noviembre de 2020. La Cámara Primera del Crimen absolvió al acusado por el homicidio y advirtió que “resulta muy complejo dar una respuesta certera”. El testimonio clave fue el aportado por el doctor Turco, quien constató que Nicolás había fallecido unas tres horas antes de las 11,21 de la mañana. “Es decir que, como mínimo, resulta altamente probable que ya cuando Martín recibió el primer mensaje resultaba imposible evitar el resultado mortal porque él ya había ocurrido”, sentenció Rins. El magistrado también apuntó en este caso sobre la posible responsabilidad de quienes tenían cargos funcionales en Salud, al considerar que “debe investigarse la conducta del doctor Pérez Villarreal”, quien era el médico de cabecera de Bertol. Rins dijo que “no solo se debe indagar sobre el rol del subsecretario en el deceso de Nicolás, sino por el ocultamiento en el que incurrió en su declaración del  5 de febrero del 2021, cuando no hizo comentario alguno sobre la atención que le había efectuado Martín”.
La Cámara finalmente condenó al único imputado como autor material y penalmente responsable de los delitos de usurpación de título, ejercicio ilegal de la medicina, defraudación calificada continuada, falsedad ideológica de instrumento público y lesiones leves. Un total de siete años de cárcel que obligarán al imputado a permanecer varios meses más detenido hasta cumplir los dos tercios de la pena. El desenlace parcial sobre una historia de engaños en el centro estratégico de atención contra la pandemia que, solo en Río Cuarto, provocó la muerte de más de 500 personas. Queda abierta una nueva instancia. Para el juez Rins, “no era tan difícil” verificar que el imputado no era médico. En la sentencia quedo oficializado el requerimiento a una investigación para determinar cómo fue que un joven sin edad para haber cursado medicina, pudo firmar actas oficiales con el nombre del “doctor Ignacio Martín”.

Foto: NA