El juez de Control ratificó la elevación a juicio contra Gambero por la muerte de su hijo
El juez de Control Diego Ortíz ratificó la elevación a juicio impulsada por el fiscal Daniel Miralles contra Gonzalo Gambero por la muerte de su hijo. La defensa tiene plazo para recurrir la decisión ante la Cámara del Crimen.
El hecho ocurrió el pasado 22 de agosto de 2017, cuando Gambero se habría quedado solo con el niño en la vivienda que compartía con su pareja y madre de la criatura, Lucrecia Piñeiro.
Gambero habría observado que su hijo estaba descompuesto y le habría efectuado “respiración boca a boca, con golpes en la espalda por si estaba ahogado”. Luego, lo derivó a un centro asistencial. El bebé llegó sin signos vitales, pero logró ser reanimado y derivado a terapia intensiva pediátrica. Sin embargo, las lesiones eran irreversibles y el niño falleció.
La pericia forense determinó que el bebé presentaba hematoma subdural, globos oculares con hemorragia retiniana bilateral (en ambos ojos) y edema cerebral.
En una entrevista a Telediario, el papá de Pedrito dijo que el bebé había estado antes con la mamá y la empleada doméstica. Además negó haber sacudido violentamente a su hijo. “Hoy estamos quizás ante una situación de duda insuperable. Al principio se hablaba de un tiempo de 30 minutos (entre la sacudida del bebè y su muerte). En el expediente se ha revelado que esto viene desde hace mucho tiempo y no se puede definir como culpable a alguien. Desde el nacimiento vemos un deterioro en el estado de salud de mi hijo. Habíamos hecho consultas reiteradas a médicos por esa situación”, aseveró.
Según surge de la resolución a la que tuvo acceso Póster Central, Gonzalo Gambero “pudo representarse que sacudiendo bruscamente a su hijo de tres meses de edad, con movimientos de aceleración y desaceleración intensos que producían el desplazamiento de su cabecita hacia adelante y hacia atrás al estilo péndulo, podría causarle lesiones de gravedad e incluso la muerte, lo que, a todas luces conlleva su responsabilidad a título de dolo eventual”.
El magistrado sostuvo que, “el cuadro probatorio analizado me habilita con el grado de probabilidad necesario, para dar tránsito a la presente causa a la próxima etapa, con idéntica calificación legal a la propugnada por el Instructor: lesiones graves calificadas por el vínculo – reiteradas- y homicidio calificado por el vínculo -con dolo eventual-, todo en concurso
real”.
“Por ello y normas legales citadas resuelvo o hacer lugar a la oposición formulada por la doctora Rosa Sabena y elevar la presente causa a juicio, ante la Excma. Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 1era. Nominación”, finalizó el juez.
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