Tras la pintada por la liberación de Milagro Sala, proponen un nuevo reglamento para intervenir en el espacio público de la UNRC

Tras la pintada por la liberación de la dirigente jujeña Milagro Sala, ingresó un proyecto al Consejo Superior para crear un nuevo reglamento que regule las intervenciones en espacios públicos de la Universidad Nacional de Río Cuarto.
La propuesta prevé establecer que cualquier solicitud de este tipo debería ser aprobada por este cuerpo colegiado, con el de voto positivo de los dos tercios de sus miembros.
Con el nuevo reglamento se establecería el procedimiento para cualquier intervención de carácter permanente, semipermanente y transitoria en el espacio público de la Universidad Nacional de Río Cuarto. La iniciativa de reforma, propone que los proyectos deban ingresar al Consejo Superior a propuesta de algún consejero o del Rector, tras lo cual podrá ser aceptados o no, de acuerdo surja de la votación en el cuerpo colegiado.
Se consideran intervenciones de carácter permanente aquellas cuya duración sea mayor a diez años, como el nombramiento de calles, edificios, aulas, auditorios, salas, gabinetes, laboratorios, plazas, paseos, o cualquier otra dependencia o espacio público; emplazamiento de monumentos, colocación de árboles, placas inscripciones, emblemas o cualquier otro tipo de elemento que tenga por objeto rendir homenaje a personas, entidades, o recordar un hecho o acontecimiento. En tanto que las semipermanentes son las imágenes o intervenciones artísticas que usen de soporte un muro o pared, cuya duración no superará los cinco años.
Por último, las intervenciones de carácter temporario son las cartelerías destinadas a anunciar eventos científicos, académicos, políticos, sociales, religiosos, culturales y cualquier otro mensaje de divulgación, promoción, y expresiones varias; cuya duración máxima sea inferior a los doce meses y la fijación no sea permanente sobre muros o cualquier otra estructura del espacio público de la UNRC.
De aprobarse el proyecto, no se podrá imponer el nombre de personas o acontecimientos, cualquiera sea su nacionalidad, involucradas o que reivindiquen violaciones a los derechos humanos en el país o en cualquier parte del mundo, o que tengan causas abiertas con la justicia de cualquier índole.
Tampoco se aceptarían propuestas de intervención con nombres de autoridades nacionales, provinciales, municipales o universitarias, que hayan ejercido su función en gobiernos de facto o por actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático.
Por otro lado, estaría prohibida la imposición de nombres de sociedades o empresas comerciales o financieras, o de cualquier otra entidad que hiciera presumir finalidades comerciales; al igual que la realización de intervenciones que representen ideas o acciones reñidas con los valores y principios constitucionales o incompatibles con una sociedad igualitaria, justa y democrática.

Órgano de intervención

Se establecería que el Consejo Superior sea el único órgano de gobierno con facultad para entender en situaciones de este tipo, ya sean permanentes o semipermanente. Las intervenciones de carácter temporario no requerirían de autorización previa. Y las que impliquen rayados, marcas o inscripciones, con la utilización de pinturas, marcadores, pintura en aerosol o cualquier otro elemento de ese tipo no serían autorizadas en el ámbito de la Universidad.
En el caso de intervenciones semipermanentes, la autorización se extendería por el plazo de cinco años, la cual podría ser renovada por un periodo similar. El mantenimiento debería estar a cargo de quienes piden la renovación. Y la autorización caducaría cuando el Concejo Superior apruebe alguna modificación edilicia que afecte el muro donde está emplazada.
En cuanto a la colocación de carteles, pasaría a ser responsabilidad de quienes efectuaron la intervención proceder a su remisión en un plazo no mayor a los 30 posteriores de transcurrido el objeto de la difusión. Sin perjuicio de ello, la Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios estaría facultada para evaluar cada situación y exigir la reubicación y/o traslado, o remisión definitiva, según lo estime pertinente.
 
Facultades de Coordinación Técnica y Servicios
 
La Secretaria de Coordinación Técnica y Servicios pasaría a tener facultades para disponer las medidas tendientes a volver la situación al estado anterior ante cualquier uso permanente o semipermanente del espacio público que haya sido hecho sin autorización o cuyo permiso esté vencido.
También esta Secretaría podría hacer relevamientos sobre intervenciones en este espacio público y elevar los correspondientes informes al Consejo Superior.
 
Fundamentos para las nuevas intervenciones
 
Las propuestas deberían establecer en forma categórica las causas o merecimientos que la justifican. Sería un requisito la presentación de sólidos fundamentos, que den elementos de juicio suficientes para respaldar la nominación o el homenaje.
Los nombres que se impongan deberán estar directamente relacionados con la UNRC o poseer importancia indiscutida y trascendente. Los proyectos atinentes a nombramientos podrán centrarse en personalidades, sucesos, fechas o lugares locales, nacionales o universales.
Las iniciativas relacionadas con emplazamientos, ya sean monumentos, placas, plazas, murales, árboles, y cualquier otro elemento a ser instalados con carácter permanente o semipermanente, además debererían contar con el boceto que incluya lugar propuesto, dimensiones, colores, materiales y técnicas a utilizar, como así también cualquier otro elemento que se considere relevante para la toma de decisiones respecto de la autorización.
No se podrían levantar estatuas, ni monumentos, ni nominar ningún espacio universitario con nombres de personas vivas.
Para la nominación con el nombre de personas, sucesos o fechas, debería haber transcurrido un lapso no menor a tres años desde su fallecimiento y/o fecha de su ocurrencia.
Las propuestas para intervenciones de carácter permanente serían analizadas por la Comisión ad hoc de nominaciones de espacios físicos del campus de la UNRC, que emitirá un dictamen. A continuación, se haría pública la propuesta por un lapso de 30 días corridos con el fin de receptar posibles impugnaciones.
  
Habrá un registro único
 
Se crearía en el ámbito de la Secretaría de Coordinación Técnica y Servicios el registro único de intervenciones permanentes en espacios públicos de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Y el Concejo Superior podría determinar la caducidad de cualquier autorización, en cualquier situación que lo considere pertinente.