Desde la UNRC se sumaron al reclamo para “restablecer de inmediato” el pago a los prestadores de discapacidad

Desde la Universidad Nacional de Río Cuarto se sumaron al reclamo para “restablecer de inmediato” el pago a los prestadores de discapacidad. La casa de altos estudios dio a conocer el pronunciamiento del Consejo Superior de la UNRC sobre el efecto de las políticas públicas en relación con la discapacidad en Río Cuarto, la región y el país.
“Como UNRC, requerimos el restablecimiento inmediato del pago mensual a los/as prestadores/as de salud, rechazamos las actuales condiciones de trabajo y exigimos una respuesta definitiva de los organismos estatales competentes respecto a la regulación y reconocimiento de los alcances y perfil profesional de los profesores/as y licenciados/as en Educación Especial, tanto en el ámbito educativo como en el de la salud”, se indica.
 
El comunicado
 
Atendiendo a la Res 458/2022 del Consejo directivo de la Facultad de Ciencias Humanas y al pronunciamiento de la Unión de Educadores especial (UEDES) denominado “Prestadores de discapacidad en Emergencia”, presentados en la sesión del Consejo Superior de la UNRC del día martes 4 de octubre, el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto resuelve expresar su posicionamiento respecto a tres temas fundamentales que se derivan de  la demora en los pagos  por parte de la Superintendencia en Salud y el recorte anunciado:
•           La vulneración de los derechos de las personas en situación de discapacidad,
•           La actualización de la normativa vigente
•           La precarización laboral de los prestadores que dependen de salud.
Las personas en situación de discapacidad tienen derecho a una vida digna en equidad de condiciones que garanticen el pleno goce de los derechos humanos desde un trato igualitario, por tanto, tienen derecho a elegir cómo y con qué apoyos desarrollar sus actividades. Esto forma parte de tratados y garantías internacionales, a saber, la Ley 26378/08 reconoció a nivel nacional la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, mientras que la Ley 27044/14 otorgó jerarquía constitucional a la misma. A su vez la ciudad de Río Cuarto cuenta con el Co.Mun.Dis aprobado según Ordenanza  N° 1047/18. En este sentido el Estado asume de manera voluntaria el compromiso de respetar, proteger y garantizar los tratados y garantías internacionales incorporados. Por lo expresado, exhortamos a los organismos nacionales, provinciales y municipales al cumplimiento de estas leyes, generando dispositivos pertinentes que posibiliten y promuevan acceso e inclusión en todos los aspectos de la vida de cada persona.
A su vez, requerimos a los gobernantes la aprobación de manera urgente y necesaria de una nueva Ley de Discapacidad, que modifique la ley vigente, Ley 22.431, sancionada en 1981. Un nuevo marco normativo que interpele a la sociedad en su conjunto para lograr una inclusión verdadera y efectiva de todas las personas en situación de discapacidad. Es decir que les posibilite en un marco de igualdad y equidad, herramientas concretas para sortear los obstáculos que obstruyen la participación plena y, que esté atravesada por una mirada integral, que entienda y reconozca a las personas como sujetos de derechos humanos fundamentales como la libertad, el derecho a tomar sus propias decisiones, el acceso a la salud, a la educación, al trabajo, al esparcimiento y recreación, entre otros. Una ley aggiornada al modelo vigente de discapacidad, es decir al modelo social, dado que la ley 22.431 se enmarca en un modelo médico biológico rehabilitador, ya obsoleto desde los nuevos postulados.
En este cambio estructural la actuación de las organizaciones y profesionales de la salud, de la educación, de acompañamiento y personal de apoyo, es fundamental y necesario para garantizar el ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad, contribuyendo a través de su trabajo a la transformación de la sociedad, detectando y promoviendo la eliminación de barreras, construyendo apoyos, promoviendo el desarrollo personal en pos de una vida digna tanto de la persona con discapacidad, como de sus familias y entorno. 
En este sentido, en Río Cuarto, la región y el país, numerosos profesionales que dependen laboral y económicamente de las prestaciones que son reconocidas por el “Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad” instituido por la Ley 24901/97, son graduados y graduadas de carreras que ofrece nuestra Universidad. Al respecto es importante mencionar que la validez nacional de los títulos es otorgada por el Ministerio de Educación establecido en el artículo 115° inciso “g” de la Ley de Educación Nacional 26.206 del año 2006, a través de la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios (Decisión Administrativa N° 495/16).
Desde el Consejo Superior de la UNRC, bregamos por el cumplimiento efectivo de los derechos de las personas en situación de discapacidad, desde los postulados del paradigma de la autonomía personal, así como también por el fortalecimiento de las condiciones laborales de los profesionales. En este sentido para las personas en situación de discapacidad, el reconocimiento de los apoyos necesarios constituye un derecho respecto de la eliminación de barreras, en pos de garantizar la igualdad de oportunidades y de brindar condiciones de equidad frente a la participación plena. El paradigma de la autonomía personal, plantea que el centro del análisis está en lo social, en el contexto que genera, promueve y consolida las barreras.
Para los profesionales, el reconocimiento y garantía de los derechos laborales requiere de una discusión profunda y participativa respecto a todo lo que conlleva y dignifica al trabajador, es decir, salarios dignos y remunerados en tiempo y forma, aguinaldo, licencias pagas, representación sindical, cobertura social frente a lesiones o accidentes, entre otros garantizados en la Constitución Nacional. En este sentido y frente a lo desarrollado previamente resulta imperioso la articulación entre los Ministerios de Educación y de Salud, frente al reconocimiento de los títulos y alcances profesionales de algunas carreras que ofrecen las Universidades Nacionales como el Profesorado en Educación Especial y títulos afines cuyas dificultades no están en las incumbencias, sino en el reconocimiento económico de la prestación por parte del Ministerio de Salud y de las entidades que de él dependen.
Aún persiste la lógica que enmarca la normativa vigente, a partir de la cual, en los ámbitos médicos y de las obras sociales, y ante la ausencia de colegios profesionales que regulen la profesión de los prestadores, se entiende a la discapacidad desde un punto de vista médico y asistencialista, como un sujeto de cuidado, generando inequidades en la valoración del rol profesional del conjunto de las profesiones intervinientes.
Una salud integral, entendiéndose como un derecho fundamental de todas las personas al considerar que el logro efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, se alcanzará a partir de la implementación de leyes de salud integral, de control y regulación por parte del Estado. En este sentido, es una demanda la discusión respecto de los honorarios profesionales, el logro de la estabilidad laboral, la posibilidad de salarios dignos y pagos a tiempo con el objetivo de generar mejores condiciones de vida para la sociedad toda.
Es por esto que, como UNRC requerimos el restablecimiento inmediato del pago mensual a los/as prestadores/as de salud, rechazamos las actuales condiciones de trabajo y exigimos una respuesta definitiva de los organismos estatales competentes respecto a la regulación y reconocimiento de los alcances y perfil profesional de los profesores/as y licenciados/as en Educación Especial, tanto en el ámbito educativo como en el de la salud. Consideramos necesario ampliar la mirada respecto a la discapacidad, dejar de considerarla casi exclusivamente desde el punto de vista médico, para dar lugar a un enfoque más amplio, que atienda al modelo. Al considerar que los profesores y licenciados en educación especial poseen una formación específica en la condición de discapacidad sin ser reconocida por el Ministerio de Salud, debido a que dichos profesionales deben ingresar como prestadores por vía de la excepción
El modelo social de la discapacidad es sostenido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por el marco de las Convenciones y principios de derechos humanos. Para este modelo, la discapacidad no es un atributo de la persona, sino un conjunto de condiciones que responden a la interacción entre las características del individuo y el contexto social. (Resolución 155/11 del CFE, 1.4: Las personas con discapacidad, sujetos de derecho, punto 21).

Fuente: UNRC
Foto: Archivo