La lucha por las víctimas y sobrevivientes de violencia digital impulsó dos proyectos de ley en el Congreso

Olimpia Coral Melo pensó en suicidarse antes de convertirse en una de las 100 mujeres más influyentes del mundo. Durante siete años debió luchar contra la extorsión digital de su ex pareja, que divulgó un video sexual de ella sin su consentimiento. A los 19 años, Olimpia logró que legisladores mexicanos reconocieran la violencia que emerge de la difusión de materiales íntimos y fundó el Frente Nacional para la Sororidad, un colectivo cuyo primer objetivo fue dar acompañamiento a sobrevivientes. Su nombre se impuso en el reclamo colectivo y mundial contra estos delitos.
La historia se repite en múltiples historias. Belén San Román era policía y tenía tan solo 26 años. La agente de seguridad, mamá de dos niños, se quitó la vida el año pasado luego de sufrir difusión no consentida de material íntimo. El autor de las extorsiones fue su ex pareja, Tobías Villarruel, quien había viralizado un video y fotos suyas para hostigarla y amenazarla.
El drama que debieron enfrentar Belén y Olimpia impulsó la presentación de dos proyectos parlamentarios que buscan avanzar en un contexto legislativo que castigue con penas de prisión a los autores del delito.  Las iniciativas son promovidas por la organización Género y TIC (GENTIC) y el grupo Ley Olímpia Argentina.
Las impulsoras señalaron que la ley permitirá “tener la evidencia digital como un delito, ya que implica, para quienes filmen o graben sin autorización cuerpos de mujeres en una situación de intimidad, sean sancionados, así como para los que quienes lo suban a las redes y para quienes lo difundan”. Las sanciones se agravarán cuando los responsables sean exparejas, o si la víctima es una menor de edad, o cuando se la utilizó con fines de lucro.
El padre de Belén, Marcelo San Román, dijo en el encuentro parlamentario que “es difícil hablar desde el dolor y honrar la memoria de mi hija” y que es necesario aprobar una ley para que esto “no le pase a ninguna otra chica”.
“La viralización causa mucho daño psicológico y mi hija no soportó ver su cuerpo e identidad en diferentes redes”, agregó.
El proyecto de la denominada “Ley Belén” busca la incorporación al Código Penal Argentino de los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de los “porn deep fake” y de la llamada “sextorsión”.
Establece que “se aplicará prisión de tres meses a dos años y el doble de la multa establecida en el artículo 155° a quien, por cualquier medio, sin autorización de la víctima o mediando engaño, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore, documentos con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas”.
Asimismo, dispone que “se aplicará prisión de tres meses a tres años y el doble de la multa establecida en el párrafo anterior a quien por cualquier medio, y sin autorización de la víctima, difunda, publique, envíe o de cualquier manera ponga al alcance de terceros los documentos referidos en el párrafo anterior obtenidos con o sin mediar su consentimiento”.
Según el texto, las penas se aumentarán en un tercio cuando el delito lo comete una persona mediante violencia de género, o si el hecho se comete con fines de lucro; o por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión o contra una persona menor de edad.