Ningún as bajo la manga

Por Pablo Callejón

Ese hombre calvo sentado en el banquillo de los acusados, de mirada profunda y silencio atroz, quizás fue el asesino de Claudia. Tal vez tuvo la osadía de ocultar las pruebas y hasta su propio ADN. Podríamos suponer que logró ingresar y salir de la escena del crimen sin ser visto por nadie en una de las avenidas más transitadas de la ciudad. Probablemente, con la sangre fría del asesino, se despojó del arma homicida, regresó a la casa de sus familiares y desde allí, partió rumbo a Las Albahacas sin cambiarse la ropa después de apuñalar 34 veces a una mujer que intentó defenderse como pudo. Quizás fue Medina y al parecer, con creerlo basta.

Los jueces María Virginia Emma, Natacha Irina García y Daniel Antonio Vaudagna y los jurados populares Héctor Pereyra, Emanuel Martín, Cristian Guzmán, Héctor Suárez, Ana Mabel Peretti, Dora Moyano, Graciela Fernández y Denis Mercado, aseguran haber alcanzado el grado de certeza que derivó en la condena del albañil de Las Albahacas.
La sentencia determinó que el 9 de mayo de 2017, entre las entre las 16:36  y las 17:10, Medina ingresó al local local Mi Sol, en San Martín 2074, y por motivos aún desconocidos, le asestó a Claudia Muñóz 33 puñaladas. La número 32 ingresó por el muslo izquierdo, con trayectoria de abajo hacia arriba, lesionando grandes vasos y sus bifurcaciones. Fue la puñalada fatal que derivó en un shock hipovolémico de la víctima.
Medina es el séptimo de ocho hijos y a los 49 años, aún vivía con sus padres cuando asesinaron a Claudia. Con instrucción mínima, aunque suficiente para saber leer y escribir, planificó y ejecutó un plan casi perfecto, que provocó enormes dificultades entre los investigadores convencidos de su responsabilidad en el crimen.

El día del homicidio, Medina había viajado con su familia a Río Cuarto para acompañar a su padre al médico y al mediodía, almorzó con la familia en casa de su tía Antonia. Entre las 16 y 16,30 aseguró haber concurrido al corralón San Martín para comprar 20 metros de papel Ruberoy. Más tarde, entre las 17:00 y 17:30, se dirigió a la quiniela ubicada al lado del supermercado Átomo para realizar una apuesta de 30 pesos en el Quini 6.  Finalmente regresó a la vivienda de su tía y a las 18,30, su hermano Juan Carlos llegó en un Fiat Palio para emprender el viaje hacia La Albahacas.
Medina destacó que era cliente de Claudia desde el 2012 y le compraba mercadería “cada dos meses”. Los encargues los realizaba a través de su tía Antonia, quien le daba el dinero cuando se generaba alguna deuda. El imputado no hablaba con Claudia y tampoco lo hizo el día del crimen. Ni siquiera recordaba si le había encargado una campera a la víctima, pero los jueces se convencieron de que el relató era inverosímil, aunque solo pudieran fundamentarlo con indicios.

Juan Carlos Debia había observado que Claudia había estado nerviosa y dormía poco en las jornadas previas a su muerte. La tensión no disminuyó el mediodía del homicidio. La víctima no dejaba de mirar el teléfono celular, “estaba rara”. Por la tarde, fue al gimnasio y salió apurada. Ni siquiera se dio el tiempo para bañarse. Varios días después del crimen, el viudo recibió la versión de un vecino que vio a Medina “casi trotando” detrás del auto de Claudia.  Con el paso del tiempo, Debia comenzó a sospechar y finalmente concluyó en que el sospechoso debía estar obsesionado con su esposa, “quería estar cerca de ella y por eso le seguía comprando ropa”. La desconfianza se profundizó al observar que entre las fichas de clientes no se encontraba la de Medina. Nunca se determinó si podrían faltar otras fichas de clientes, pero la del albañil no estaba.
Oscar Godoy, el vecino que advirtió a Medina caminando en forma apresurada detrás del automóvil Fiat Uno de la víctima, admitió durante el juicio oral que la distancia entre ambos fue, de al menos “5 minutos”. Cuando comenzó el proceso, Godoy también era viudo. Los jueces debieron apelar al testimonio escrito de su esposa, María del Carmen Mercado, para determinar que el imputado era  “pachorro” y “no podría pasar inadvertido” que aquella tarde de otoño caminara a paso apurado a 10 cuadras del lugar del hecho.

El cuerpo de Claudia fue hallado a las 17,10 por una compañera del gimnasio que le había prometido concurrir “para pagar un resto que adeudaba”. El cadáver permanecía ensangrentado sobre el piso del probador. Tras el homicidio, Luciana Rivero, amiga de la víctima desde la adolescencia, se acercó al negocio y aseveró: “estos hijos de puta la mataron”. Cuando fue consultada por el Tribunal sobre su afirmación, la testigo sostuvo que imaginó “que se había tratado de un robo”.  Luciana admitió que Claudia nunca les había hablado antes de Medina.

Tras quitarle las esposas que le sujetaban las manos sobre la espalda, la celosa custodia de agentes especiales de la Policía permitió que el oficial retirado Gustavo Oyarzábal prestara juramento de ley. El ex jefe de Investigaciones dijo que fueron descartando una a una las hipótesis sobre el crimen, algunas de ellas descabelladas, hasta llegar al único imputado. Incluso aventuró que los detalles físicos de Claudia “no se condicen con una mujer que pudiera tener un amante”.
El testimonio de Godoy lo impulsó a investigar a Medina, aunque sin demasiada convicción. Fue la comunicación telefónica entre una de las hermanas de Claudia y el acusado, la que profundizó las sospechas. Con la autorización del fiscal Fernando Moine, Oyarzábal viajó a Las Albahacas para entrevistar al albañil y a su pareja Verónica. La novia definió a Medina como un hombre tranquilo y aseguró que nunca le había provocado un hecho de violencia. Nada parecía cerrar hasta que pudieron observar en las cámaras de la concesionaria de autos Dario Gordo, ubicada a 100 metros del comercio de Claudia, a un hombre con “características fisonómicas exactas a las de Sergio Medina”. El archivo “se bajó de mala manera” y el resultado fue una imagen de baja nitidez con una sola cámara que generó dudas entre peritos especialistas.

Los investigadores decidieron intervenir el teléfono de Medina y los celulares de la familia de Claudia. También avanzaron con los peritajes del celular de la víctima. En todo el análisis no hallaron ninguna comunicación entre el presunto homicida y la comerciante.
Oyarzábal comenzó a cotejar los dichos de Medina para hacer caer la coartada. Admitió que los empleados del Atomo no recordaban si habían observado a Medina en el sector y en la agencia de Quiniela desconocían si la compra de la boleta del Quini fue realizada por el hombre calvo de ojos celestes. Tampoco en el corralón San Martín los empleados podían reconocer al sospechoso como cliente y se habían borrado los registros de las cámaras de seguridad. Los testimonios no alcanzaban para desmentir la versión del sospechoso, pero las cartas ya estaban echadas. Los indicios utilizados para arrestarlo, finalmente lo condenarían. 

El forense Guillermo Mazzuchelli sostuvo que las lesiones en el cuerpo de Claudia “no eran contundentes”, por lo que el autor del crimen no era  una persona “avezada en el uso de arma blanca”.  El experto precisó que “las lesiones fueron variadas, sin alcanzar un nivel de penetración adecuada”. La mujer asesinada no luchó con su asesino, aunque intentó oponer resistencia.
Medina fue descripto por el psicólogo Martín San Millán como una persona solitaria, de poco contacto social, inexpresiva y con dificultades para que algo lo pueda movilizar. La definió como una personalidad neutra, que no permite vislumbrar “cuando está bien, ni cuando está mal”. El especialista precisó que este tipo de sujetos “no son buenos, ni malos” y resaltó que para ellos, “la sexualidad no es importante”. “Pueden perder el equilibrio si hay algún agente estresor, pero todo el tiempo tiene controlado los impulsos”, describió San Millán. En el informe, Medina presentó rasgos esquizoides, aunque no hallaron un trastorno esquizoide de personalidad. Es del tipo de personas que no prevé, ni planifica.

Tras una masiva movilización de familiares de Medina y una protesta frente al Palacio de Tribunales, el 9 de marzo se conocieron los fundamentos. El juez Vaudagna concluyó en que “se encuentra acreditado” que el acusado estuvo aquel 9 de mayo de 2017 en cercanías del lugar del hecho.
El magistrado apeló a  la cámara de la agencia de Darío Gordo que “lo capta a las 16,20 caminando en sentido hacia el comercio de Claudia”. En realidad, Vaudagna señaló que “existe una evidente coincidencia” entre los rasgos de la persona que aparece en el video y Medina. Añadió que en el allanamiento a la casa de acusado, varios meses después del crimen, secuestraron prendas de vestir “similares a las que se observan en filmación”.
Sin prueba directa de presencia de Medina en el lugar del hecho, Vaudagna apostó por el testimonio del vecino que aseguró haber observado al sospechoso caminar “apurado, unos cinco minutos después” del paso del automóvil de Claudia.
El juez relató que sobre el mostrador había una campera “talle cuatro, apta para Medina”. Claudia la había solicitado a un proveedor al que agendó en su celular como “Héctor Camperas”. El viudo dijo ante los jueces haber escuchado cuando “la tía Antonia” le pidió a la comerciante que encargara aquella prenda de vestir “para Sergio”. La versión nunca fue ratificada por la familiar del acusado.
 
El magistrado sostuvo que Claudia conservaba planillas con los datos de los clientes y las dejaba sobre el mostrador durante el momento de la venta. Tras una verificación sobre el fichero en el comercio, determinaron el faltante de la ficha de Medina “a pesar de que era cliente desde hacía largos años”.
Las contradicciones y balbuceos en los que habría incurrido el imputado durante la llamada telefónica con Liliana, la hermana de la víctima, fue otro elemento que sumó el juez. En la comunicación, Medina dijo que estuvo la mañana del 9 de mayo en el local de calle San Martín y luego se rectificó. Vaudagna admitió que en la conversación “no surge la confesión del hecho” aunque consideró que “corrobora aspectos” que darían valor indiciario.

El juez expresó que la coartada del imputado sobre lo que hizo la tarde del crimen es “falaz” y lo fundamentó en los dichos de Oyarzábal. El jefe policial había señalado que los empleados del Corralón no recordaban haber observado a Medina ni conservan facturas que corroboren la compra. De todos modos, habían aclarado que “hay ciertas ventas que solo se facturaban al final del día, como productos varios”. Medina había relatado que recibió un ticket por la tira de Ruberoy y para Vaudagna, esto supone una contradicción “que se da de bruces con la prueba”. También minimizó el juez la boleta de Quini 6 que conservó Medina porque el horario de la apuesta es posterior al establecido como franja horaria del homicidio.
La resolución intenta dar certeza al cúmulo de indicios que el fiscal de Instrucción Moine utilizó para alcanzar solo “un grado de probabilidad”. Son los mismos elementos que el fiscal de Cámara Julio Rivero calificó como insuficientes para derivar en una condena.

Vaudagna admitió que nunca hallaron el arma homicida y que en los elementos secuestrados en el comercio solo encontraron sangre de Claudia Muñoz. Incluso sobre la campera que supuestamente compraría Medina. También reconoció que en la ropa embargada al imputado no descubrieron un solo rastro de sangre. Sin embargo, consideró que el acusado “contó con abundante tiempo hasta el 4 de julio de 2017, cuando se hizo el allanamiento, para eliminar los rastros del delito”.
El magistrado minimizó que nadie, absolutamente nadie, observara entrar ó salir a Medina de una avenida con alto flujo vehicular. En la fundamentación apeló una vez más a Oyarzábal, quien había señalado que el comercio se encuentra entre dos semáforos, “donde pasa mucha gente que va a trabajar, la cual no va a velocidad moderada y no se percata de ese local”.
La resolución intentó desvalorizar la ausencia absoluta de comunicaciones telefónicas entre el imputado y Claudia debido a que los encargos “lo hacía a través de su tía Antonia”.
Sin poder probar un eventual robo ni la supuesta obsesión del acusado por la mujer comerciante, Vaudagana concluyó en que Medina la habría matado “por un motivo que no ha podido determinarse en el decurso del proceso penal”
Pese a la falta de pruebas directas, el juez debutante en la Cámara Primera del Crimen opinó que “los indicios confluyen en una única, necesaria e ineludible conclusión, cual es la participación del acusado Sergio Aldo Medina” como autor del crimen. El resto del Tribunal simplemente adhirió en forma unánime.
En el último tramo de la resolución, la jueza Virginia Emma sostuvo que “no se acreditó la existencia de circunstancias reveladoras de violencia de género” y la decisión le permitió a Medina reducir una eventual condena de reclusión perpetua a solo 15 años.

Los jueces técnicos y el jurado popular no vieron nada que no se haya observado en una instrucción deficiente liderada por un jefe policial preso por connivencia con delincuentes. Tampoco sorprendieron con una interpretación diferente de la prueba. Solo le otorgaron el grado de certeza a la íntima convicción que utilizó el fiscal Rivero para ocultar las falencias de una causa escandalosa. 
Sergio Medina se encamina a transcurrir tres años encarcelado sin condena firme, mientras otros imputados con igual acusación y altos recursos económicos no estuvieron ni un solo minuto en la Cárcel. El albañil de Las Albahacas fue sentenciado desde el mismo momento en que lo detuvieron. Y los fundamentos del fallo, como se preveía, no ocultaban ningún as bajo la manga.